martes, 9 de marzo de 2010

La reforma laboral en España; un camino a ninguna parte




A continuación voy acometer un análisis de las diferentes reformas laborales que se han realizado en España desde la aparición de la Democracia. Como puede constatarse, su objeto de actuación ha intentado abarcar lo máximo posible, pero sus resultados apenas han solucionado nada y han ahondado aún más si cabe en los problemas estructurales que ya se venían arrastrando desde el franquismo.

Las reformas laborales que ha habido en España desde la instauración de la democracia han sido las siguientes:

Reforma Laboral de 1984

La primera reforma laboral de la democracia tuvo como objetivo primordial flexibilizar el mercado de trabajo, dadas las acuciantes cifras de desempleo existentes y los problemas estructurales heredados del franquismo respecto a la movilidad de los trabajadores, contratación, rescisiones de contrato y como medida para paliar la destrucción de empleo que imperaba por aquella época.


Se consideraba necesario flexibilizar el mercado de trabajo para eliminar las restricciones y rigurosidades que planteaban los Estatutos de Trabajadores respecto a los ajustes de plantilla, dado que por entonces estaban prevaleciendo los contratos indefinidos sobre los temporales y como los primeros ocasionaban grandes costes a la hora de rescindir los contratos.


Pese a que la generalización de los contratos temporales ayudó a fortalecer la fase expansiva por la que atravesaba la economía, con un aumento de la población activa bastante significativo, a su vez ayudó a que aumentara la brecha respecto a las condiciones laborales entre los indefinidos y los temporales.


Los empresarios vieron reducir sus costos de despido, porque en los casos en los que la fase productiva estaba en alza, se podían apoyar en esta clase de contratos que tan poca carga salarial tenían y complementarlos con los indefinidos. Cuando la situación se deteriorara, podían despedirlos sin que supusiera merma alguna para sus finanzas.


Podemos poner como ejemplo que el Estatuto de trabajadores estableció indemnizaciones en el caso de un despido, excepto para los despidos por razones disciplinarias o por la rescisión del contrato a iniciativa propia del trabajador. En el caso de los contratos temporales, estos no percibían ninguna indemnización, excepto en los contratos de fomento del empleo.


El otro problema grave que acuso esta política laboral fue la segmentación que provocó en el mercado la distinción entre trabajador indefinido y temporal. Además de la diferencia que existía en ambos a la hora de aplicar los derechos laborales, la brecha salarial creció vertiginosamente. En 1988, la diferencia porcentual entre uno y otro era de un 57% más de remuneración para el indefinido respecto al temporal.


Por otra parte, la generalización de contratos temporales ocasionó que en la negociación colectiva primaran los intereses de la clase indefinida. Con la aparición de los contratos temporales, se pensaba que estos facilitarían de manera innata una moderación o regulación salarial para reducir los costes por trabajador. Sin embargo, esa proyección falló. Está demostrado que entre los años 1989-1993, mientras se destruía empleo a un ritmo del 6,5 en puntos respecto a la tasa de paro, en los convenios los salarios pactados se incrementaron en términos reales casi un 7%.
Por otra parte, durante la recesión entre 1991-1994, prácticamente todos los empleos creados durante la anterior fase de bonanza económica se perdieron. Dadas las injusticias del mercado y como el marco regulador del 84 no solucionaba ya los problemas de creación de empleo, se procedió a renegociar un nuevo marco laboral.




Reforma Laboral de 1994

Esta reforma tuvo como objetivo adecuar las regulaciones laborales a los intereses de las empresas. Durante este periodo se acentuó aún más la segmentación del mercado y agravaron los problemas estructurales de la economía española, ya que ayudo a facilitar un marco productivo donde primaba una competitividad basada en un uso intensivo de contratos laborales de corta duración y baja remuneración.


El uso generalizado de esta modalidad de trabajo condenaba al sistema productivo y las empresas españolas a competir en mercados de demanda media y baja, ya que los mercados de demanda alta exigían un valor añadido en los productos y un personal altamente cualificado, con motivación y formación para la mejora continua.
Los aspectos característicos de esta reforma fueron la

• Aparición de las ETT (Empresas de trabajo temporal).
• Facilitar la inserción laboral de los jóvenes, a través de los contratos de formación.
• La suavización en las condiciones de movilidad de los trabajadores, con jornadas de trabajo que podían variar en su extensión, movilidad de los trabajadores funcional y geográfica…
• El régimen de despidos se flexibilizó aún más, incluyendo las dificultades productivas y organizativas de la empresa como causa de despido
• Aparición de los contratos a tiempo parcial y aumento de la rotación laboral, a causa de la reducción en la extensión de los contratos temporales.
• Desaparece el contrato de fomento al empleo con carácter general, aunque los empleos temporales se convierten en el contrato eventual y en el contrato por obra o servicio.
• Se facilitó el aumento de importancia de la remuneración variable en los salarios sobre los fijos, para facilitar la viabilidad económica de la empresa en periodos de dificultades.
• Se incorporaron en los convenios laborales las clausulas de descuelgue (condiciones y procedimientos para la no aplicación del régimen salarial establecido en el convenio siempre y cuando su ámbito sea superior al convenio de empresa) y se obliga a a las empresas a negociar los convenios nuevos sin precondiciones de negociaciones anteriores (ultraactividad de los convenios vencidos).

El cambio de poder en 1996, conllevó un cambio en las relaciones laborales, no tanto en su objeto ni naturaleza, pero si en los aspectos de renegociación de los aspectos laborales entre los sindicatos, patronal y el gobierno, con el objetivo primordial de consolidar el crecimiento del nivel de empleo.



Reforma Laboral de 1997

Esta reforma, aunque no logró solucionar los males endémicos del tejido productivo, si logró por fin el objetivo de toda reforma, crear empleo a gran escala, facilitando la extensión indefinida, con unas cifras globales que pueden considerarse bastante buenas, ya que disminuyó el número de parados en 1 millón de personas, situándose la tasa de desempleo en un 12,9%.


Como medidas más importantes, se pretendió frenar los contratos temporales y las condiciones draconianas de los contratos de inserción laboral, se impulsaron los contratos de fomento de la contratación indefinida para personas con dificultades especiales y se agilizaron los trámites para la extinción de los contratos.


Ahora vamos ampliarlo un poco más:


• Extinción del contrato por causas objetivas (Se agilizaba la extinción laboral bajo aspectos económicos, técnicos organizativos o de producción. No aportaba prácticamente nada nuevo, solo se avanzaba en la precariedad)
• Acuerdo Interfederal sobre negociación colectiva
1) Clarificaba la negociación colectiva en su gestión, ya que determinadas materias quedaban reservadas al convenio colectivo nacional sectorial, mientras que otras podían ser desarrolladas en ámbitos inferiores (territorial y de empresa) y, finalmente, otras puedan ser objeto de negociación en los dos últimos
2) Las categorías profesionales serían sustituidas por grupos profesionales, en función de diversos criterios, tales como: autonomía, formación, iniciativa, dirección, responsabilidad, complejidad, etcétera.
3) Los modelos de negociación colectiva tendrían una vigencia de 4 años. Asimismo se constituía una comisión paritaria con carácter mixto, integrada con seis miembros de cada una de las representaciones, a fin de interpretar y aplicar lo pactado


• Acuerdo Interconfederal sobre la cobertura de vacíos (Se establecieron las pautas de movilidad funcional del trabajador en la empresa. En cada grupo profesional se establecieron divisiones funcionales u orgánicas. Para ello fueron creados ocho grupos profesionales. Las plazas vacantes podían ser de libre designación, o de promoción interna, horizontal o vertical. Los puestos de confianza, en cualquier nivel de la estructura organizativa de la empresa, serían cubiertos mediante el sistema de libre designación. Las promociones se ajustaban a los criterios objetivos de mérito y capacidad, estableciendo la dirección de las empresas la celebración de las correspondientes pruebas selectivas de carácter teórico-práctico)


• Incentivos en materia de Seguridad Social para el Fomento de la Contratación indefinida (Para incentivar la conversión de los contratos temporales en indefinidos, se premiaba a la empresa que lo hacía con bonificaciones en las cotizaciones de la seguridad social y en fiscalidad. Para quienes fueran desempleados menores de treinta años y parados en general de larga duración, una bonificación del 40 por ciento de la cotización empresarial a la seguridad social por contingencias comunes. Para las desempleadas femeninas de larga duración, la bonificación fue del 60 por ciento, durante el período de los veinticuatro meses siguientes a su contratación. Y por último los desempleados mayores de cuarenta y cinco años, la bonificación fue del 60 por ciento durante los dos primeros años del contrato, que podía extenderse durante el resto de la vigencia hasta en un 50 por ciento)



Reforma Laboral de 2001

La reforma laboral de 2001 se enmarca en una coyuntura económica bastante buena, con unas cifras de desempleo bajas y que pretende potenciar los aspectos más importantes de la reforma anterior. Sin embargo, las buenas cifras no ocultan un mercado laboral cada vez más segmentado, con bastantes desigualdades y deficiencias, tanto en sus características como en la poca cualificación que muestra cada vez más el tejido productivo y la masa laboral


A continuación expondremos las notas más características de la reforma:


• Se amplió la bonificación de la contratación indefinida, excepto a los hombres entre 16 y 44 años.
• En los contratos formativos, se suprimió la edad máxima para colectivos como los inmigrantes, minusválidos, alumnos trabajadores de escuelas taller y casas de oficios...
• Se estableció una indemnización de 8 días por año trabajado para los contratos temporales.
• Se derogó el tope máximo de la jornada en el Contrato a tiempo parcial.
• Se intentó favorecer el empleo femenino, con bonificaciones para la contratación de mujeres tras un proceso de maternidad (100%, durante un año, en la contratación de mujeres inscritas en la oficina de empleo por un periodo de 12 ó más y en un periodo posterior a los 24 meses siguientes después del alumbramiento) y para las mujeres entre 16 años y 45 (bonificación del 25% por contingencias comunes de la Seguridad Social durante un periodo de 24 meses)


Reforma Laboral de 2006


La última reforma que ha habido continuó en la línea de consolidación del empleo que llevaba como premisa la reforma anterior, pero se intentó darle un aspecto más social, equitativo y progresista, habida cuenta de los problemas que hubo con el decreto ley de 2002. No se puede calificar como un avance, porque los consabidos problemas no se modificaron. Simplemente se trató de una ligera modificación de imagen ante la opinión pública.


Ahora detallare sus premisas más importantes:


• Evitar el encadenamiento de contratos temporales después de haber suscrito 2 o más durante un periodo de 24 meses, con la obligación de indefinido en un periodo de 30 meses desde el origen de la relación laboral.
• Se continúa con la política de bonificaciones para consolidar los contratos indefinidos procedentes de los temporales.
• Reducción de los costes empresariales, tanto para las cotizaciones empresariales como en los recargos en la cotización por desempleo
• Mejora de la prestación por desempleo ( fijos discontinuos, mayores de 45 años sin familiares a cargo)
• Protección en caso de insolvencia empresarial.
• Plan de modernización de los servicios públicos
• Aumento de las inspecciones de trabajo, para evitar irregularidades en los contratos y malas prácticas empresariales que pudieran afectar a l estabilidad de la empresa.

Por ello, considero que los retos del mercado laboral español deben ser:


 Aumentar la competitividad, mediante una política que reforme las fortalezas del sector productivo, adaptándolas las nuevas exigencias del mercado.
 Una política educativa que fomente el estudio y los valores sociales como fuente de progreso.
 Diversificación del tejido productivo, mediante una política que atraiga inversión y empresas, con ayuda de formación continua y de calidad en los trabajadores para obtener una masa laboral competitiva, que sepa adaptarse a las exigencias y necesidades del mercado.
 Una política contractual que no segmente tanto el mercado, donde se basen los costes más en la productividad que en el mero valor de tener que rescindir el contrato a un trabajador.
 Un cambio en la valoración empresarial respecto al factor humano. No basar la política de contratación tanto en las bonificaciones estatales de contratos y más en la necesidad de crear una masa laboral que responda a las expectativas globales.
 Políticas de conciliación de la vida laboral con la personal, no tanto en ayudas puntuales pero si más en aspectos como guarderías, menos restricciones en el horario de trabajo, aumento del periodo de paternidad y maternidad….

4 comentarios:

  1. Excelente análisis. Con este explicación se entienden muchos problemas y como los políticos solo hacen que perjudicar a la clase obrera.

    ResponderEliminar
  2. Menuda clase política que tenemos, nos van a llevar a la ruina como sigamos así. Y luego Zapatero dice que van a proteger los derechos de la clase obrera. Menudo farsante, continuara con la misma política de siempre.

    ResponderEliminar
  3. Pues me parece que con la nueva reforma va a empeorar más si cabe la situación laboral.

    ResponderEliminar
  4. Llevamos seis meses desde la reforma y aquí nadie crea empleo. Va a ser que la crisis es sistémica, como tú dices y no focalizada en un páis de origén y exportada.

    ResponderEliminar